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REUNIDOS
DE UNA PARTE:
El Ilmo. Sr. D. Fernando
Martínez Vidal, Concejal Delegado del Área
de Cultura, Educación, Juventud y Deportes
del Ayuntamiento de Madrid y Presidente de la
Junta Rectora del Instituto Municipal de Deportes.
DE OTRA PARTE: D.
Ismael Rodrigo Rodríguez, Presidente de
la Asociación para el Desarrollo Naturista
de la Comunidad Autónoma de Madrid (en
adelante ADN), actuando en nombre y representación
de la misma.
En virtud de las competencias
que respectivamente les confieren sus cargos,
y reconociéndose ambas partes capacidad
y poder suficiente para formalizar una colaboración,
EXPONEN
PRIMERO
El Ayuntamiento de Madrid participa
de un especial interés y preocupación
por el mantenimiento de la naturaleza y el medio
ambiente.
SEGUNDO
El Ayuntamiento de Madrid, a
través del Instituto Municipal de Deportes,
Fundación Pública Municipal, dotada
con personalidad jurídica pública
y patrimonio especial, cuya creación fue
aprobada por Acuerdo Plenario de la Corporación
el 30 de abril de 1.981, posee como uno de sus
objetivos prioritarios en materia deportiva la
promoción y el desarrollo de la cultura
física de la población del municipio
de Madrid, así como el facilitar la utilización
de las Instalaciones Deportivas Municipales a
todos los vecinos de Madrid.
TERCERO
Que la A.D.N. tiene por objeto
promover, impulsar, defender el desarrollo y el
prestigio del naturismo, con la finalidad de favorecer
el respeto a uno mismo y a los demás y
al medio ambiente, de acuerdo con la legislación
vigente y fuera de toda toma de postura política
y/o confesional.
Quedando establecida la coincidencia
en cuanto a algunos fines y objetivos y en base
a estos antecedentes, ambas partes
ACUERDAN
PRIMERO
El Instituto Municipal de Deportes
facilitará a la ADN la utilización
de la piscina climatizada de la Instalación
Deportiva Municipal Casa de Campo el primer sábado
de cada mes durante el período de octubre
de 2.002 a abril de 2.003 y en horario de 11:30
a 14:30 horas de forma exclusiva para esta asociación.
SEGUNDO
El Instituto Municipal de Deportes
dispondrá los recursos suficientes para
la adecuada prestación de este servicio.
TERCERO
El uso indebido de la Instalación,
o de sus equipamientos, o las incidencias que
se produzcan por la incorrecta utilización
y comportamiento en las mismas serán notificadas
por el Instituto Municipal de Deportes a la ADN,
pudiendo ser motivo de denuncia del convenio.
CUARTO
La ADN colaborará con el
control de los usuarios que hagan uso de la Instalación
en los días y horarios convenidos para
la práctica de su actividad.
QUINTO
Con el ánimo de ayudar
en la promoción de las actividades naturistas
la ADN abonará al Instituto Municipal de
Deportes únicamente durante este primer
año de convenio el importe correspondiente
al alquiler de la piscina climatizada por las
tres (3) horas de su utilización mensual
(Tarifa 31 Clave A3), conforme a las tasas por
prestación de servicios de piscina e instalaciones
deportivas aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento
de Madrid y que ascienden en el año 2.002
a cuatrocientos noventa euros con veinte céntimos
(490'20 euros/3 horas) y posteriormente las que
correspondan al año 2.003, una vez se aprueben
las mismas. Estos pagos se realizarán en
la propia Instalación.
En sucesivos Convenios se estará a lo estipulado
en la disposición adicional de este convenio.
SEXTO
La utilización de la piscina
climatizada de la Instalación Deportiva
Municipal de Casa de Campo por la ADN de forma
exclusiva será el primer sábado
de cada mes durante el período comprendido
entre el mes de octubre de 2.002 y el mes de abril
de 2.003 y en horario de 11:30 a 14.30 horas.
SÉPTIMO
Podrán hacer uso de la
Instalación durante el horario convenido
todas las personas que se encuentren en posesión
del carnet de la Federación Internacional
Naturista y todas aquellas otras que, deseando
acceder en el mismo momento a la Instalación,
queden debidamente identificadas, inscritas y
admitidas por la ADN.
OCTAVO
La ADN no podrá hacer uso
de la Instalación en el período
y horarios establecido en el presente convenio
para la organización de actos, actividades,
eventos, etc., que no hayan sido previamente puestos
en conocimiento del Instituto Municipal de Deportes
y autorizado por el mismo.
NOVENO
La ADN colaborará en todos
aquellos actos y eventos municipales que organice
el Instituto Municipal de Deportes, para los que
solicite su colaboración y que sean de
similar naturaleza y finalidad a los propios de
dicha asociación.
DÉCIMO
La ADN estará sujeta en
cuanto al uso de la Instalación a las directrices
establecidas por el Instituto Municipal de Deportes
y en consonancia con éstas deberá
nombrar un responsable que estará obligado
a permanecer en la Instalación y al cual
se podrán dirigir cualquier miembro del
personal del Instituto Municipal de Deportes,
en el caso de que se originase algún conflicto
o se produjera algún deterioro de la Instalación.
DÉCIMO PRIMERO
El presente convenio tendrá
vigencia desde octubre del año 2.002 a
abril del año 2.003, pudiendo ser renovado
expresamente si las partes firmantes lo consideran
oportuno y no hubiese existido denuncia por alguna
de ellas.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
La renovación del convenio
entre el Instituto Municipal de Deportes y la
ADN estará sujeta al efectivo cumplimiento
de las siguientes condiciones:
- El Instituto Municipal de Deportes
efectuará una valoración objetiva
del convenio, cuya finalidad será comprobar
la promoción efectiva de la actividad,
que vendrá reflejada por la media de asistencia
real, debiendo ser ésta no inferior a las
doscientas personas/jornada;
- Las condiciones económicas
variarán en sucesivos convenios, siendo
el importe a satisfacer por la ADN equivalente
a los gastos de personal que se originen al Instituto
Municipal de Deportes por la cesión de
la Instalación.
Y en prueba de su conformidad
con todo cuanto antecede, se suscribe el presente
convenio por ambas partes en el lugar y fecha
reseñados en su encabezamiento, quedando
un ejemplar del mismo en poder de cada parte.
| POR
LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO NATURISTA
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA |
|
POR
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA
RECTORA DEL INSTITUTO MUNICIPAL
DE MADRID DE DEPORTES |
| ISMAEL
RODRIGO RODRÍGUEZ |
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FERNANDO
MARTÍNEZ VIDAL |
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